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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.681

LIBRO CUARTO - PROCESOS ESPECIALES >>

TITULO VII - DESALOJO >>


DENUNCIA DE LA EXISTENCIA DE SUBLOCATARIOS U OCUPANTES

ARTICULO 681 .-En la demanda y en la contestación las partes deberán expresar si existen o no sublocatarios u ocupantes terceros. El actor, si lo ignora, podrá remitirse a lo que resulte de la diligencia de notificación, de la contestación a la demanda, o de ambas.
Ver Comentario del Art.681

Ver articulos del mismo código: 678 - 679 - 680 - 680 bis - 680 ter - 681 - 682 - 683 - 684 bis -
Ver artículo de otro código: articulo 681 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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