Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.681
LIBRO CUARTO - PROCESOS ESPECIALES
>>
TITULO VII - DESALOJO
>>
DENUNCIA DE LA EXISTENCIA DE SUBLOCATARIOS U OCUPANTES
ARTICULO 681 .-En la demanda y en la contestación las partes deberán expresar si existen o no sublocatarios u ocupantes terceros. El actor, si lo ignora, podrá remitirse a lo que resulte de la diligencia de notificación, de la contestación a la demanda, o de ambas.
Ver Comentario del Art.681
Ver articulos del mismo código: 678 - 679 - 680 - 680 bis - 680 ter - 681 - 682 - 683 - 684 bis -
Ver artículo de otro código: articulo 681 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario