Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.637 ter
LIBRO CUARTO - PROCESOS ESPECIALES
>>
TITULO II - PROCESOS DE DECLARACION DE INCAPACIDAD Y DE INHABILITACION
>>
CAPITULO III - DECLARACION DE INHABILITACION
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PRODIGOS
ARTICULO 637 ter.- En el caso del inciso 3 del artículo 152 bis del Código Civil, la causa tramitará por proceso sumario.
Ver Comentario del Art.637 ter
Ver articulos del mismo código: 634 - 635 - 636 - 637 - 637 bis - 637 ter - 637 quater - 637 quinter - 638 - 639 - 640 -
Ver artículo de otro código: articulo 637 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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