Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.769
LIBRO SEXTO - PROCESO JUDICIAL
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TITULO II - JUICIO DE AMIGABLES COMPONEDORES
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PROCEDIMIENTO. CARACTER DE LA ACTUACION
ARTICULO 769 .-Los amigables componedores procederán sin sujeción a formas legales, limitándose a recibir los antecedentes o documentos que las partes les presentasen, a pedirles las explicaciones que creyeren convenientes, y a dictar sentencia según su saber y entender.
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Ver artículo de otro código: articulo 769 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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