Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO I
- DISPOSICIONES GENERALES
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TÍTULO II
- PARTES
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CAPÍTULO XI
- ACCIÓN SUBROGATORIA
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ARTICULO 114 .-- EFECTOS DE LA SENTENCIA.- La sentencia hará cosa juzgada en favor o en contra del deudor citado, haya o no comparecido.
Ver articulos: 111 - 112 - 113 - 114 - 115 - 116 - 117 -
Ver artículo de otro código: articulo 114 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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