Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.114
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
>>
TITULO II - PARTES
>>
CAPITULO XI - ACCION SUBROGATORIA
- >
EFECTOS DE LA SENTENCIA
ARTICULO 114 .-La sentencia hará cosa juzgada en favor o en contra del deudor citado, haya o no comparecido.
Ver Comentario del Art.114
Ver articulos del mismo código: 111 - 112 - 113 - 114 - 115 - 116 - 117 -
Ver artículo de otro código: articulo 114 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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