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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.711

LIBRO CUARTO - PROCESOS ESPECIALES >>

TITULO UNICO - PROCESO SUCESORIO >>

CAPITULO IV - ADMINISTRACION - >


EXPEDIENTE DE ADMINISTRACION

ARTICULO 711 .-Las actuaciones relacionadas con la administración tramitarán en expediente separado, cuando la complejidad e importancia de aquella así­ lo aconsejaren.
Ver Comentario del Art.711

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Ver artículo de otro código: articulo 711 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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