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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.532

LIBRO TERCERO - PROCESOS DE EJECUCION >>

TITULO II - JUICIO EJECUTIVO >>

CAPITULO II - EMBARGO Y EXCEPCIONES - >


DENEGACION DE LA EJECUCION

ARTICULO 532 .-Será apelable la resolución que denegare la ejecución.
Ver Comentario del Art.532

Ver articulos del mismo código: 529 - 530 - 531 - 532 - 533 - 534 - 535 -
Ver artículo de otro código: articulo 532 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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