Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.534
LIBRO TERCERO - PROCESOS DE EJECUCION
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TITULO II - JUICIO EJECUTIVO
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CAPITULO II - EMBARGO Y EXCEPCIONES
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INHIBICION GENERAL
ARTICULO 534 .-Si no se conocieren bienes del deudor o si los embargados resultaren presuntivamente insuficientes para cubrir el crédito del ejecutante, podrá solicitarse contra el ejecutado inhibición general de vender o gravar sus bienes. La medida quedará sin efecto si el deudor presentare bienes a embargo o diere caución bastante.
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Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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