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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.325

LIBRO SEGUNDO - PROCESOS DE CONOCIMIENTO >>

TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES >>

CAPITULO II - DILIGENCIAS PRELIMINARES - >


TRAMITE DE LA EXHIBICION DE COSAS E INSTRUMENTOS

ARTICULO 325 .-La exhibición o presentación de cosas o instrumentos se hará en el tiempo, modo y lugar que determine el juez, atendiendo a las circunstancias. Cuando el requerido no los tuviere en su poder deberá indicar, si lo conoce, el lugar en que se encuentre o quién los tiene.
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Ver artículo de otro código: articulo 325 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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