Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO II
- PROCESO DE CONOCIMIENTO
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TÍTULO II
- PROCESO ORDINARIO
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CAPÍTULO V
- PRUEBA
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SECCIÓN 2ª
- PRUEBA DOCUMENTAL
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ARTICULO 387 .-- COTEJO.- Si el requerido negare la firma que se le atribuye o manifestara no conocer la que se atribuya a otra persona, deberá procederse a la comprobación del documento de acuerdo con lo establecido en los artículos 457 y siguientes en lo que correspondiere.
Ver articulos: 384 - 385 - 386 - 387 - 388 - 389 - 390 -
Ver artículo de otro código: articulo 387 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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