Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO II
- PROCESO DE CONOCIMIENTO
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TÍTULO II
- PROCESO ORDINARIO
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CAPÍTULO V
- PRUEBA
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SECCIÓN 2ª
- PRUEBA DOCUMENTAL
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ARTICULO 385 .-- DOCUMENTO EN PODER DE UNA DE LAS PARTES.- Si el documento se encontrare en poder de una de las partes, se le intimará su presentación en el plazo que el juez determine.
Cuando por otros elementos de juicio resultare manifiestamente verosímil su existencia y contenido, la negativa a presentarlos constituirá una presunción en su contra.
Ver articulos: 382 - 383 - 384 - 385 - 386 - 387 - 388 -
Ver artículo de otro código: articulo 385 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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