Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO II
- PROCESO DE CONOCIMIENTO
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TÍTULO I
- DISPOSICIONES GENERALES
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CAPÍTULO II
- DILIGENCIAS PRELIMINARES
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ARTICULO 323 .-- TRÁMITE DE LA EXHIBICIÓN DE COSAS E INSTRUMENTOS.- La exhibición o presentación de cosas o instrumentos se hará en el tiempo, modo y lugar que determine el juez, atendiendo a las circunstancias.
Cuando el requerido no los tuviere en su poder deberá indicar, si lo conoce, el lugar en que se encuentre o quien los tiene.
Ver articulos: 320 - 321 - 322 - 323 - 324 - 325 - 326 -
Ver artículo de otro código: articulo 323 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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