Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO I
- DISPOSICIONES GENERALES
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TÍTULO V
- MODOS ANORMALES DE TERMINACIÓN DEL PROCESO
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CAPÍTULO III
- TRANSACCIÓN
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ARTICULO 306 .-- FORMA Y TRÁMITE.- Las partes podrán hacer valer la transacción del derecho en litigio, con la presentación del convenio o suscripción del acta ante el juez.
Este se limitará a examinar la concurrencia de los requisitos exigidos por la ley para la validez de la transacción, y lo homologará o no.
En este último caso, continuarán los procedimientos del juicio.
Ver articulos: 303 - 304 - 305 - 306 - 307 - 308 - 309 -
Ver artículo de otro código: articulo 306 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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