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 LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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 TITULO I
- Obligaciones en general
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 CAPITULO 3
 - Clases de obligaciones
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 SECCION 1ª
 Obligaciones de dar
 >>   
 Parágrafo 2°
 Obligaciones de dar cosa cierta para constituir derechos reales
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  ARTICULO 752.-Mejora natural. Efectos. La mejora natural autoriza al deudor a exigir un mayor valor. Si el acreedor no lo acepta, la obligación queda extinguida, sin responsabilidad para ninguna de las partes.
   Art.752 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.752   
 
Ver articulos: 
  Art. 749 [Obligación de dar cosas ciertas para transferir el uso o la tenencia] 
  Art. 750 [Tradición] 
  Art. 751 [Mejoras] 
 Art. 752 [Mejora natural] 
  Art. 753 [Mejoras artificiales] 
  Art. 754 [Frutos] 
  Art. 755 [Riesgos de la cosa] 
El articulo-752, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
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