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 LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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 TITULO VII
- Superficie
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  ARTICULO 2121.-Facultades del propietario. El propietario conserva la disposición material y jurídica que corresponde a su derecho, siempre que las ejerza sin turbar el derecho del superficiario.
   Art.2121 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.2121   
 
Ver articulos: 
  Art. 2118 [Legitimación] 
  Art. 2119 [Adquisición] 
  Art. 2120 [Facultades del superficiario] 
 Art. 2121 [Facultades del propietario] 
  Art. 2122 [Destrucción de la propiedad superficiaria] 
  Art. 2123 [Subsistencia y transmisión de las obligaciones] 
  Art. 2124 [Extinción] 
El articulo-2121, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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