menu

Inicio >> Art.2119 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO VII - Superficie >>

>

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 2119.-Adquisición. El derecho de superficie se constituye por contrato oneroso o gratuito y puede ser transmitido por actos entre vivos o por causa de muerte. No puede adquirirse por usucapión. La prescripción breve es admisible a los efectos del saneamiento del justo título. Art.2119 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2119

Ver articulos:
Art. 2116 [Emplazamiento]
Art. 2117 [Plazos]
Art. 2118 [Legitimación]
Art. 2119 [Adquisición]
Art. 2120 [Facultades del superficiario]
Art. 2121 [Facultades del propietario]
Art. 2122 [Destrucción de la propiedad superficiaria]



El articulo-2119, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 3 (6 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario