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ARTICULO 1439.-Garantías. El saldo de la cuenta corriente puede ser garantizado con hipoteca, prenda, fianza o cualquier otra garantía. Art.1439 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1439

Ver articulos:
Art. 1436 [Embargo]
Art. 1437 [Ineficacia]
Art. 1438 [Resúmenes de cuenta]
Art. 1439 [Garantías]
Art. 1440 [Cobro ejecutivo del saldo]
Art. 1441 [Extinción del contrato]
Art. 1442 [Normas aplicables]



El articulo-1439, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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