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 LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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 TITULO IV
- Contratos en particular
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 CAPITULO 6
 - Obra y servicios
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 SECCION 1ª
 Disposiciones comunes a las obras y a los servicios
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  ARTICULO 1259.-Muerte del comitente. La muerte del comitente no extingue el contrato, excepto que haga imposible o inútil la ejecución.
   Art.1259 Comentado  ( con jurisprudencia y doctrina) ... 
   Fallos judiciales del  Art.1259   
 
Ver articulos: 
  Art. 1256 [Obligaciones del contratista y del prestador] 
  Art. 1257 [Obligaciones del comitente] 
  Art. 1258 [Riesgos de la contratación] 
 Art. 1259 [Muerte del comitente] 
  Art. 1260 [Muerte del contratista o prestador] 
  Art. 1261 [Desistimiento unilateral] 
  Art. 1262 [Sistemas de contratación] 
El articulo-1259, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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