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LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

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ARTICULO 1176.-Definición. Suministro es el contrato por el cual el suministrante se obliga a entregar bienes, incluso servicios sin relación de dependencia, en forma periódica o continuada, y el suministrado a pagar un precio por cada entrega o grupo de ellas. Art.1176 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1176

Ver articulos:
Art. 1173 [Gastos]
Art. 1174 [Evicción]
Art. 1175 [Norma supletoria]
Art. 1176 [Definición]
Art. 1177 [Plazo máximo]
Art. 1178 [Cantidades]
Art. 1179 [Aviso]



El articulo-1176, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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