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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.595

LIBRO TERCERO - PROCESOS DE EJECUCION >>

TITULO III - EJECUCIONES ESPECIALES >>

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES - >


TITULOS QUE LAS AUTORIZAN

ARTICULO 595 .-Los tí­tulos que autorizan las ejecuciones especiales sólo serán aquellos que se mencionan expresamente en este Código o en otras leyes.
Ver Comentario del Art.595

Ver articulos del mismo código: 592 - 593 - 594 - 595 - 596 - 597 - 598 -
Ver artículo de otro código: articulo 595 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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