Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.559
LIBRO TERCERO - PROCESOS DE EJECUCION
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TITULO II - JUICIO EJECUTIVO
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CAPITULO III - CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE REMATE
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SECCION 1° - AMBITO. RECURSO. DINERO EMBARGADO. LIQUIDACION. PAGO INMEDIATO. TITULOS O ACCIONES
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AMBITO
ARTICULO 559 .-Si la subasta se dispone a requerimiento de propietario o de condómino y no en cumplimiento de UNA (1) sentencia de condena, la operación se regirá por las normas del derecho sustancial; en este caso, las que se establecen en este Código sólo serán aplicables en lo que fueren conciliables con aquéllas.
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Ver articulos del mismo código: 556 - 557 - 558 - 558 bis - 559 - 560 - 561 - 562 -
Ver artículo de otro código: articulo 559 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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