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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.371

LIBRO SEGUNDO - PROCESOS DE CONOCIMIENTO >>

TITULO II - PROCESO ORDINARIO >>

CAPITULO V - PRUEBA - >

SECCION 1° - NORMAS GENERALES >


INADMISIBILIDAD

ARTICULO 371 .-No se admitirá la prueba si en el escrito de ofrecimiento no se cumplieren los requisitos establecidos en los DOS (2) artí­culos anteriores.
Ver Comentario del Art.371

Ver articulos del mismo código: 368 - 369 - 370 - 371 - 372 - 373 - 374 -
Ver artículo de otro código: articulo 371 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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