Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.248
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
>>
TITULO IV - CONTINGENCIAS GENERALES
>>
CAPITULO IV - RECURSOS
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SECCION 2 - RECURSO DE APELACION. RECURSO DE NULIDAD. CONSULTA
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APELACION SUBSIDIARIA
ARTICULO 248 .-Cuando el recurso de apelación se hubiese interpuesto subsidiariamente con el de reposición, no se admitirá ningún escrito para fundar la apelación.
Ver Comentario del Art.248
Ver articulos del mismo código: 245 - 246 - 247 - 248 - 249 - 250 - 251 -
Ver artículo de otro código: articulo 248 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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