Código Civil de Venezuela >>
LIBRO TERCERO
- DE LAS MANERAS DE ADQUIRIR Y TRANSMITIR LA PROPIEDAD Y DEMÁS DERECHOS
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TÍTULO XVIII
- DE LA FIANZA
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Capítulo I
- De la Naturaleza y Extensión de la Fianza
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ARTICULO 1804 .-- Quien se constituye fiador de una obligación queda obligado para con el acreedor a cumplirla, si el deudor no la cumple.
Ver articulos: 1801 - 1802 - 1803 - 1804 - 1805 - 1806 - 1807 -
Artículo actualizado vigente de Republica de Venezuela
Fuente de información: Codigo_Civil_Venezuela.pdf
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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