Código Civil de Venezuela >>
LIBRO TERCERO
- DE LAS MANERAS DE ADQUIRIR Y TRANSMITIR LA PROPIEDAD Y DEMÁS DERECHOS
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TÍTULO XVII
- DEL SEGURO, DEL JUEGO Y DE LA APUESTA
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Capítulo II
- Del Juego y de la Apuesta
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ARTICULO 1802 .-- Se exceptúan los juegos de fuerza o destreza corporal, como el de armas, carreras a pie o a caballo, pelota y otros semejantes.
Ver articulos: 1799 - 1800 - 1801 - 1802 - 1803 - 1804 - 1805 -
Artículo actualizado vigente de Republica de Venezuela
Fuente de información: Codigo_Civil_Venezuela.pdf
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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