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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 3
- Clases de obligaciones
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SECCION 5ª
Obligaciones con cláusula penal y sanciones conminatorias
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ARTICULO 790.-Concepto. La cláusula penal es aquella por la cual una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena o multa en caso de retardar o de no ejecutar la obligación.
Art.790 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.790
Ver articulos:
Art. 787 [Extinción]
Art. 788 [Caso de duda]
Art. 789 [Opción entre modalidades y circunstancias]
Art. 790 [Concepto]
Art. 791 [Objeto]
Art. 792 [Incumplimiento]
Art. 793 [Relación con la indemnización]
El articulo-790, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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