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LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
>>
TITULO I
- Persona humana
>>
CAPITULO 4
- Nombre
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ARTICULO 68.-Nombre del hijo adoptivo. El nombre del hijo adoptivo se rige por lo dispuesto en el Capítulo 5, Título VI del Libro Segundo de este Código.
Art.68 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.68
Ver articulos:
Art. 65 [Apellido de persona menor de edad sin filiación determinada]
Art. 66 [Casos especiales]
Art. 67 [Cónyuges]
Art. 68 [Nombre del hijo adoptivo]
Art. 69 [Cambio de nombre]
Art. 70 [Proceso]
Art. 71 [Acciones de protección del nombre]
El articulo-68, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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