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LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
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TITULO IV
- Parentesco
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CAPITULO 1
- Disposiciones generales
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ARTICULO 534.-Hermanos bilaterales y unilaterales. Son hermanos bilaterales los que tienen los mismos padres. Son hermanos unilaterales los que proceden de un mismo ascendiente en primer grado, difiriendo en el otro.
Art.534 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.534
Ver articulos:
Art. 531 [Grado]
Art. 532 [Clases de líneas]
Art. 533 [Cómputo del parentesco]
Art. 534 [Hermanos bilaterales y unilaterales]
Art. 535 [Parentesco por adopción]
Art. 536 [Parentesco por afinidad]
Art. 537 [Enumeración]
El articulo-534, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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