menu

Inicio >> Art.52 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO I - Persona humana >>

CAPITULO 3 - Derechos y actos personalí­simos >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 52.-Afectaciones a la dignidad. La persona humana lesionada en su intimidad personal o familiar, honra o reputación, imagen o identidad, o que de cualquier modo resulte menoscabada en su dignidad personal, puede reclamar la prevención y reparación de los daños sufridos, conforme a lo dispuesto en el Libro Tercero, Título V, Capítulo 1. Art.52 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.52

Ver articulos:
Art. 49 [Efectos]
Art. 50 [Cese de la inhabilitación]
Art. 51 [Inviolabilidad de la persona humana]
Art. 52 [Afectaciones a la dignidad]
Art. 53 [Derecho a la imagen]
Art. 54 [Actos peligrosos]
Art. 55 [Disposición de derechos personalísimos]



El articulo-52, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 3 (24 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario