Inicio >> Art.2273 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
>>
TITULO XIII
- Acciones posesorias y acciones reales
>>
CAPITULO 3
- Relaciones entre las acciones posesorias y las acciones reales
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 2273.-Acciones por un mismo hecho. El titular de un derecho real puede interponer la acción real que le compete o servirse de la acción posesoria; si intenta la primera, pierde el derecho a promover la segunda; pero si interpone la acción posesoria puede iniciar después la real.
Art.2273 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2273
Ver articulos:
Art. 2270 [Independencia de las acciones]
Art. 2271 [Suspensión de la acción real]
Art. 2272 [Cumplimiento previo de condenas]
Art. 2273 [Acciones por un mismo hecho]
Art. 2274 [Acciones por distintos hechos]
Art. 2275 [Turbaciones o desapoderamientos recíprocos]
Art. 2276 [Hechos posteriores]
El articulo-2273, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario