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ARTICULO 2178.-Ejecución por acreedores. En ningún caso la transmisión o la ejecución de la servidumbre pueden hacerse con independencia del inmueble dominante. Art.2178 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2178

Ver articulos:
Art. 2175 [Ejercicio]
Art. 2176 [Mejoras necesarias]
Art. 2177 [Trabajos contrarios al ejercicio de la servidumbre]
Art. 2178 [Ejecución por acreedores]
Art. 2179 [Comunicación al sirviente]
Art. 2180 [Disposición jurídica y material]
Art. 2181 [Alcances de la constitución y del ejercicio]



El articulo-2178, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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