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LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

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ARTICULO 2174.-Extensión de la servidumbre. La servidumbre comprende la facultad de ejercer todas las servidumbres accesorias indispensables para el ejercicio de la principal, pero no aquellas que sólo hacen más cómodo su ejercicio. Art.2174 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2174

Ver articulos:
Art. 2171 [Modalidades]
Art. 2172 [Transmisibilidad]
Art. 2173 [Derechos reales y personales]
Art. 2174 [Extensión de la servidumbre]
Art. 2175 [Ejercicio]
Art. 2176 [Mejoras necesarias]
Art. 2177 [Trabajos contrarios al ejercicio de la servidumbre]



El articulo-2174, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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