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LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO III - Dominio >>

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ARTICULO 1941.-Dominio perfecto. El dominio perfecto es el derecho real que otorga todas las facultades de usar, gozar y disponer material y jurídicamente de una cosa, dentro de los límites previstos por la ley. El dominio se presume perfecto hasta que se pruebe lo contrario. Art.1941 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1941

Ver articulos:
Art. 1938 [Indemnización y pago de mejoras]
Art. 1939 [Efectos propios de la posesión]
Art. 1940 [Efectos propios de la tenencia]
Art. 1941 [Dominio perfecto]
Art. 1942 [Perpetuidad]
Art. 1943 [Exclusividad]
Art. 1944 [Facultad de exclusión]



El articulo-1941, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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