menu

Inicio >> Art.1919 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO II - Posesión y tenencia >>

CAPITULO 1 - Disposiciones generales >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 1919.-Presunción de buena fe. La relación de poder se presume de buena fe, a menos que exista prueba en contrario. La mala fe se presume en los siguientes casos: a) cuando el título es de nulidad manifiesta; b) cuando se adquiere de persona que habitualmente no hace tradición de esa clase de cosas y carece de medios para adquirirlas; c) cuando recae sobre ganado marcado o señalado, si el diseño fue registrado por otra persona. Art.1919 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1919

Ver articulos:
Art. 1916 [Presunción de legitimidad]
Art. 1917 [Innecesariedad de título]
Art. 1918 [Buena fe]
Art. 1919 [Presunción de buena fe]
Art. 1920 [Determinación de buena o mala fe]
Art. 1921 [Posesión viciosa]
Art. 1922 [Adquisición de poder]



El articulo-1919, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 4 (6 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario