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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO V
- Otras fuentes de las obligaciones
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CAPITULO 5
- Declaración unilateral de voluntad
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SECCION 4ª
Garantías unilaterales
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ARTICULO 1814.-Irrevocabilidad. La garantía unilateral es irrevocable a menos que se disponga en el acto de su creación que es revocable.
Art.1814 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1814
Ver articulos:
Art. 1811 [Sujetos]
Art. 1812 [Forma]
Art. 1813 [Cesión de garantía]
Art. 1814 [Irrevocabilidad]
Art. 1815 [Concepto]
Art. 1816 [Autonomía]
Art. 1817 [Pago liberatorio]
El articulo-1814, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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