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ARTICULO 1613.-Juegos y apuestas regulados por el Estado. Los juegos, apuestas y sorteos reglamentados por el Estado Nacional, provincial, o municipios, están excluidos de este Capítulo y regidos por las normas que los autorizan. Art.1613 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1613

Ver articulos:
Art. 1610 [Facultades del juez]
Art. 1611 [Juego y apuesta de puro azar]
Art. 1612 [Oferta pública]
Art. 1613 [Juegos y apuestas regulados por el Estado]
Art. 1614 [Definición]
Art. 1615 [Cesión en garantía]
Art. 1616 [Derechos que pueden ser cedidos]



El articulo-1613, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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