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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 7
- Transporte
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SECCION 2ª
Transporte de personas
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ARTICULO 1292.-Cláusulas limitativas de la responsabilidad. Las cláusulas que limitan la responsabilidad del transportista de personas por muerte o daños corporales se tienen por no escritas.
Art.1292 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1292
Ver articulos:
Art. 1289 [Obligaciones del transportista]
Art. 1290 [Obligaciones del pasajero]
Art. 1291 [Extensión de la responsabilidad]
Art. 1292 [Cláusulas limitativas de la responsabilidad]
Art. 1293 [Responsabilidad por el equipaje]
Art. 1294 [Cosas de valor]
Art. 1295 [Interrupción del transporte sucesivo]
El articulo-1292, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
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