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Inicio >> Art.1270 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

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ARTICULO 1270.-Aceptación de la obra. La obra se considera aceptada cuando concurren las circunstancias del artículo 747. Art.1270 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1270

Ver articulos:
Art. 1267 [Imposibilidad de ejecución de la prestación sin culpa]
Art. 1268 [Destrucción o deterioro de la obra por caso fortuito antes de la entrega]
Art. 1269 [Derecho a verificar]
Art. 1270 [Aceptación de la obra]
Art. 1271 [Vicios o defectos y diferencias en la calidad]
Art. 1272 [lazos de garantía]
Art. 1273 [Obra en ruina o impropia para su destino]



El articulo-1270, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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