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LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

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ARTICULO 1104.-Contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales. Está comprendido en la categoría de contrato celebrado fuera de los establecimientos comerciales del proveedor el que resulta de una oferta o propuesta sobre un bien o servicio concluido en el domicilio o lugar de trabajo del consumidor, en la vía pública, o por medio de correspondencia, los que resultan de una convocatoria al consumidor o usuario al establecimiento del proveedor o a otro sitio, cuando el objetivo de dicha convocatoria sea total o parcialmente distinto al de la contratación, o se trate de un premio u obsequio. Art.1104 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1104

Ver articulos:
Art. 1101 [Publicidad]
Art. 1102 [Acciones]
Art. 1103 [Efectos de la publicidad]
Art. 1104 [Contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales]
Art. 1105 [Contratos celebrados a distancia]
Art. 1106 [Utilización de medios electrónicos]
Art. 1107 [Información sobre los medios electrónicos]



El articulo-1104, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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