Inicio >> Art.1089 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO II
- Contratos en general
>>
CAPITULO 13
- Extinción, modificación y adecuación del contrato
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1089.-Resolución por ministerio de la ley. El requerimiento dispuesto en el artículo 1088 no es necesario en los casos en que la ley faculta a la parte para declarar unilateralmente la extinción del contrato, sin perjuicio de disposiciones especiales.
Art.1089 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1089
Ver articulos:
Art. 1086 [Cláusula resolutoria expresa]
Art. 1087 [Cláusula resolutoria implícita]
Art. 1088 [Presupuestos de la resolución por cláusula resolutoria implícita]
Art. 1089 [Resolución por ministerio de la ley]
Art. 1090 [Frustración de la finalidad]
Art. 1091 [Imprevisión]
Art. 1092 [Relación de consumo]
El articulo-1089, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario