menu

Inicio >> Art.692 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA >>

TITULO VII - Responsabilidad parental >>

CAPITULO 8 - Representación, disposición y administración de los bienes del hijo menor de edad >

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 692.-Actos que necesitan autorización judicial. Se necesita autorización judicial para disponer los bienes del hijo. Los actos realizados sin autorización pueden ser declarados nulos si perjudican al hijo. Art.692 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.692

Ver articulos:
Art. 689 [Contratos prohibidos]
Art. 690 [Contratos con terceros]
Art. 691 [Contratos de locación]
Art. 692 [Actos que necesitan autorización judicial]
Art. 693 [Obligación de realizar inventario]
Art. 694 [Pérdida de la administración]
Art. 695 [Administración y privación de responsabilidad parental]



El articulo-692, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 3 (3 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario