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LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO IV - Hechos y actos jurí­dicos >>

CAPITULO 7 - Modalidades de los actos jurí­dicos >

SECCION 3ª Cargo >>

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ARTICULO 354.-Cargo. Especies. Presunción. El cargo es una obligación accesoria impuesta al adquirente de un derecho. No impide los efectos del acto, excepto que su cumplimiento se haya previsto como condición suspensiva, ni los resuelve, excepto que su cumplimiento se haya estipulado como condición resolutoria. En caso de duda, se entiende que tal condición no existe. Art.354 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.354

Ver articulos:
Art. 351 [Beneficiario del plazo]
Art. 352 [Pago anticipado]
Art. 353 [Caducidad del plazo]
Art. 354 [Cargo]
Art. 355 [Tiempo de cumplimiento]
Art. 356 [Transmisibilidad]
Art. 357 [Cargo prohibido]



El articulo-354, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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