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LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
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CAPITULO 7
- Modalidades de los actos jurídicos
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SECCION 3ª
Cargo
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ARTICULO 357.-Cargo prohibido. La estipulación como cargo en los actos jurídicos de hechos que no pueden serlo como condición, se tiene por no escrita, pero no provoca la nulidad del acto.
Art.357 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.357
Ver articulos:
Art. 354 [Cargo]
Art. 355 [Tiempo de cumplimiento]
Art. 356 [Transmisibilidad]
Art. 357 [Cargo prohibido]
Art. 358 [Principio]
Art. 359 [Efectos]
Art. 360 [Extensión]
El articulo-357, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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