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LIBRO QUINTO - TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE >>

TITULO IV - Petición de herencia >>

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ARTICULO 2315.-Actos del heredero aparente. Son válidos los actos de administración del heredero aparente realizados hasta la notificación de la demanda de petición de herencia, excepto que haya habido mala fe suya y del tercero con quien contrató. Son también válidos los actos de disposición a título oneroso en favor de terceros que ignoran la existencia de herederos de mejor o igual derecho que el heredero aparente, o que los derechos de éste están judicialmente controvertidos. El heredero aparente de buena fe debe restituir al heredero el precio recibido; el de mala fe debe indemnizar todo perjuicio que le haya causado. Art.2315 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2315

Ver articulos:
Art. 2312 [Restitución de los bienes]
Art. 2313 [Reglas aplicables]
Art. 2314 [Derechos del heredero aparente]
Art. 2315 [Actos del heredero aparente]
Art. 2316 [Preferencia]
Art. 2317 [Responsabilidad del heredero]
Art. 2318 [Legado de universalidad]



El articulo-2315, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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