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Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.571

LIBRO TERCERO - PROCESOS DE EJECUCION >>

TITULO II - JUICIO EJECUTIVO >>

CAPITULO III - CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE REMATE - >

SECCION 2 - DISPOSICIONES COMUNES A LA SUBASTA DE MUEBLES, SEMOVIENTES O INMUEBLES >


COMPRA EN COMISION

ARTICULO 571 .-El comprador deberá indicar, dentro de tercero dí­a de realizada la subasta, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos.

En su defecto, se lo tendrá por adjudicatario definitivo. El comitente constituirá domicilio en esa presentación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artí­culo 41, en lo pertinente.
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Ver articulos del mismo código: 568 - 569 - 570 - 571 - 572 - 573 - 574 -
Ver artículo de otro código: articulo 571 formosa

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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