Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.253
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
>>
TITULO IV - CONTINGENCIAS GENERALES
>>
CAPITULO IV - RECURSOS
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SECCION 2 - RECURSO DE APELACION. RECURSO DE NULIDAD. CONSULTA
>
NULIDAD
ARTICULO 253 .-El recurso de apelación comprende el de nulidad por defectos de la sentencia.
Si el procedimiento estuviere ajustado a derecho y el tribunal de alzada declarare la nulidad de la sentencia por cualquier otra causa, resolverá también sobre el fondo del litigio.
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Ver articulos del mismo código: 250 - 251 - 252 - 253 - 253 bis - 254 - 255 - 256 -
Ver artículo de otro código: articulo 253 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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