Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO III
- PROCESOS DE EJECUCIÓN
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TÍTULO II
- JUICIO EJECUTIVO
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CAPÍTULO II
- EMBARGO Y EXCEPCIONES
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ARTICULO 554 .-- CARÁCTER Y PLAZO DE LAS APELACIONES.- Las apelaciones en el juicio ejecutivo se concederán en efecto diferido, con excepción de las que procedieren contra la sentencia de remate y la providencia que denegare la ejecución.
Ver articulos: 551 - 552 - 553 - 554 - 555 - 556 - 557 -
Ver artículo de otro código: articulo 554 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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