Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO II
- PROCESO DE CONOCIMIENTO
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TÍTULO II
- PROCESO ORDINARIO
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CAPÍTULO V
- PRUEBA
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SECCIÓN 5ª
- PRUEBA DE TESTIGOS
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ARTICULO 435 .-- PEDIDO DE EXPLICACIONES A LAS PARTES.- Si las partes estuviesen presentes, el juez o el secretario, en su caso, podrá pedirles las explicaciones que estimare necesarias sobre los hechos.
Asimismo, las partes podrán formularse recíprocamente las preguntas que estimaren convenientes.
Ver articulos: 432 - 433 - 434 - 435 - 436 - 437 - 438 -
Ver artículo de otro código: articulo 435 de la Nación
Artículo actualizado vigente de Provincia de Formosa
Fuente de información: http://www.jusformosa.gov.ar/
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