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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 5
- Otros modos de extinción
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SECCION 3ª
Novación
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ARTICULO 936.-Novación por cambio de deudor. La novación por cambio de deudor requiere el consentimiento del acreedor.
Art.936 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.936
Ver articulos:
Art. 933 [Definición]
Art. 934 [Voluntad de novar]
Art. 935 [Modificaciones que no importan novación]
Art. 936 [Novación por cambio de deudor]
Art. 937 [Novación por cambio de acreedor]
Art. 938 [Circunstancias de la obligación anterior]
Art. 939 [Circunstancias de la nueva obligación]
El articulo-936, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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