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ARTICULO 936.-Novación por cambio de deudor. La novación por cambio de deudor requiere el consentimiento del acreedor. Art.936 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.936

Ver articulos:
Art. 933 [Definición]
Art. 934 [Voluntad de novar]
Art. 935 [Modificaciones que no importan novación]
Art. 936 [Novación por cambio de deudor]
Art. 937 [Novación por cambio de acreedor]
Art. 938 [Circunstancias de la obligación anterior]
Art. 939 [Circunstancias de la nueva obligación]



El articulo-936, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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