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ARTICULO 934.-Voluntad de novar. La voluntad de novar es requisito esencial de la novación. En caso de duda, se presume que la nueva obligación contraída para cumplir la anterior no causa su extinción. Art.934 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.934

Ver articulos:
Art. 931 [Definición]
Art. 932 [Efectos]
Art. 933 [Definición]
Art. 934 [Voluntad de novar]
Art. 935 [Modificaciones que no importan novación]
Art. 936 [Novación por cambio de deudor]
Art. 937 [Novación por cambio de acreedor]



El articulo-934, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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